- BASES Y CONDICIONES
PROMOCIÓN ¨HACÉ UN TEST DRIVE A LA GLORIA ETERNA¨
1. ORGANIZADOR. Automotor S.A. en adelante el ORGANIZADOR, con RUC N° 80001340-9, domicilio
situado en la calle Avda. Artigas N° 1921 de la ciudad de Asunción teléfono +595217297878, realizará la
promoción denominada Hacé un test drive a la gloria eterna, en adelante la PROMOCIÓN.
2. VIGENCIA. La PROMOCION tendrá vigencia desde el 05/10/2024 hasta el 14/11/2024, y será
válida para todo el territorio nacional.
3. PARTICIPANTES. Podrán participar de la PROMOCION todas las personas físicas que cumplan
los requisitos establecidos en estas bases y condiciones.
4. RESTRICCIONES DE PARTICIPACIÓN. No podrán participar de la PROMOCION, ni hacerse
acreedores de los premios:
6. PREMIOS. Durante la PROMOCION será sorteado el siguiente premio: 1 (un) paquete de viaje a la Final de la CONMEBOL Libertadores para 2 (dos) personas, que incluye:
9. NOTIFICACION: Los ganadores serán notificados vía telefónica en el transcurso de las 48 horas posteriores al sorteo. Además, el listado de ganadores (nombre, apellido, y tres últimos dígitos del documento de identidad) será publicado en la página web del ORGANIZADOR y en sus redes sociales.
- Traslado de llegada y salida. Aeropuerto/hotel/aeropuerto.
- 2 noches de alojamiento en el hotel 4 estrellas o superior.
- 2 Accesos al partido Final de la CONMEBOL Libertadores.
10. RETIRO DE PREMIOS. El ganador tendrá un plazo improrrogable de 60 días posteriores a la
fecha del sorteo para retirar el premio, y a tal efecto deberá presentarse en el lugar indicado por el
ORGANIZADOR. Durante la entrega del premio, el ganador seleccionado deberá presentar su documento de
identidad y el formulario de Test Drive debe estar cargado correctamente en el sistema CRM Salesforce.
11. PREMIOS VACANTES. Cumplido el plazo sin que se haya presentado el ganador, el premio
será destinado al financiamiento del FONARESS, conforme a lo establecido en la Ley 6703/20.
12. RESPONSABILIDAD. El ORGANIZADOR no será responsable del uso o destino que el ganador
otorgue a los premios recibidos.
13. PUBLICIDAD. El ganador, al momento de aceptar y retirar el premio, otorga de manera
gratuita al ORGANIZADOR el derecho a publicitar su nombre e imagen, para la difusión en comerciales de
televisión, radio, prensa escrita o redes sociales, por un plazo de 12 meses de finalizada la PROMOCION.
Esta cesión de derechos será otorgada al solo efecto de publicitar el resultado de la promoción de
referencia, y no será utilizada para otros fines.
14. PRIVACIDAD. Los datos personales de los participantes que el ORGANIZADOR reciba o
posea serán tratados de acuerdo a la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter
personal. El ORGANIZADOR se compromete a dar un tratamiento prudente y cuidadoso de los datos entregados por
el PARTICIPANTE y almacenados al momento del registro de la PROMOCION. En caso que el registro de
participación sea realizado por medios electrónicos, el ORGANIZADOR informará al PARTICIPANTE del uso o
destino que hará de la información personal recopilada, mediante mensaje que será publicado en la misma
plataforma de registro.
15. MODIFICACIONES. El ORGANIZADOR podrá, previa autorización de CONAJZAR, modificar,
extender, ampliar, suspender o cancelar esta PROMOCION cuando circunstancias imprevistas así lo justifiquen.
En todos los casos, las modificaciones introducidas deberán ajustarse a la legislación vigente y no
afectarán derechos adquiridos.
16. REGLAMENTO DE LA PROMOCIÓN. La participación en la promoción implica la aceptación
de lo establecido en estas bases y condiciones, documento que estará a disposición de los participantes en
el sitio web del organizador y en sus redes sociales. La eventual declaración de nulidad de una o más
cláusulas de estas Bases y Condiciones, no afectará la validez de las demás cláusulas.
17. JURISDICCIÓN. Toda situación que pudiera derivar en un conflicto entre el
ORGANIZADOR y el PARTICIPANTE podrá ser resuelta, a pedido de las partes, por la CONAJZAR. Queda además
expedita la vía jurisdiccional, en caso que los interesados así lo consideren para la mejor defensa de sus
derechos y a tal efecto, se establece la Circunscripción Judicial correspondiente a la ciudad de Asunción de
la República del Paraguay.